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Gobierno y comunidades autónomas pactan los límites al deporte por los rebrotes

El nuevo protocolo excluye el proceder en LaLiga y la ACB, puesto que establece las limitaciones a la actividad de centros deportivos, clubes y competiciones que quedan fuera del ámbito regulado por el Consejo Superior de Deportes (CSD).

Running con mascarilla

El Gobierno y las comunidades autónomas pactan un protocolo para limitar la actividad del sector del deporte en caso de rebrotes. La nueva hoja de ruta establece una manera de hacer en función del nivel de alerta en la que se encuentre cada territorio, según rige el documento Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de Covid-19, aprobado por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. La nueva norma no afecta a LaLiga y a la ACB, para las que se mantendrá el protocolo recogido en el Decreto-Ley 21/2020.

El nuevo protocolo excluye el proceder en LaLiga y la ACB, puesto que establece las limitaciones a la actividad de centros deportivos, clubes y competiciones que quedan fuera del ámbito regulado por el Consejo Superior de Deportes (CSD). En las zonas interiores de los centros deportivos se podrá operar con el 75% de aforo y respetando la distancia de seguridad cuando un determinado territorio se encuentre en nivel de alerta 1.

En nivel de alerta 2, los gimnasios deberán operar con el 50% de aforo y siempre respetando la distancia física, mientras que en el tercer nivel la capacidad se limitará a un tercio del aforo. En todos los casos se permitirá la práctica deportiva grupal manteniendo la distancia física entre los usuarios y, en caso de que no se  respete dicha distancia, las instalaciones deberán permanecer cerradas.

Respecto al deporte no profesional, es decir, todo aquel que no abarca LaLiga ni la ACB, se deberá valorar el riesgo de acuerdo al protocolo pactado entre el CSD, los Gobiernos autonómicos y las federaciones deportivas. Dicho protocolo se aprobó hace un mes para garantizar la vuelta de las competiciones oficiales de ámbito estatal y de carácter no profesional, por lo que se excluyen los eventos de ámbito autonómico. La norma para el deporte federado es que en cualquier nivel de alerta deberá valorar el riesgo.

Fuera del ámbito federado, en fase de alerta 1 se permitirán los eventos deportivos no profesionales garantizando las medidas de distancia física, higiene y prevención con un aforo de público del 75%, mientras que en fase 2 será del 50% y en el tercer nivel de alerta será de un tercio. En este caso, se cerrará el interior de la instalación y se deberá valorar la suspensión de los deportes con contacto físico.

En lo que concierne al aforo de las piscinas y playas, el protocolo permitirá la práctica deportiva y recreativa en cualquier nivel de alerta. Eso sí, mientras que en el primero se incide en respetar el distanciamiento, en la segunda fase de alerta se exige limitar el aforo al 75% en las piscinas. En el tercer nivel de alerta, el aforo cae al 50% para los vasos al aire libre y hasta un tercio para las piscinas cubiertas. A la playa se podrá acceder para pasear y hacer deporte, con limitación de horario y siempre respetando las distancias físicas entre personas.

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