Publicidad

Félix Plaza (Garrigues): “Los incentivos al deporte no son suficientes para fomentar la inversión”

El socio responsable del área de deportes y presidente del Centro de Estudios Garrigues advierte que España está perdiendo competitividad fiscal respecto a otros países en materia deportiva y advierte que la nueva subida del IRPF afectará a los clubes.

felix plaza garrigues

La presentación de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) es uno de aquellos momentos en el que patrocinadores y competiciones miran el anexo con las exenciones fiscales, un elemento clave a la hora de decidir a qué proyectos se respalda. Sin embargo, este año también era importante por la nueva subida de impuestos, que incrementa en un 2% la escala de gravamen en la base general del IRPF. Y según Félix Plaza, socio responsable del área de deportes  en Garrigues y presidente del Centro de Estudios Garrigues (CEG), advierte que puede ser la estocada para muchos clubes.

El Gobierno volverá a subir la presión fiscal a las rentas altas, ¿qué impacto puede tener a corto plazo en LaLiga y ACB?

El proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado prevé un incremento de la escala de gravamen de la base general del IRPF del 2% para los rendimientos de trabajo y otras rentas, como los derechos de imagen, cuyo importe conjunto sea superior a 300.000 euros. El impacto recaudatorio de esta medida comenzará a sentirse en el próximo ejercicio 2021 con la aplicación de las retenciones a cuenta. En aquellos casos en que los clubes hayan pactado remuneraciones netas de tributación, esta medida supone un incremento significativo del coste de sus plantillas.

¿Podrías poner un ejemplo?

Imaginemos un club con un coste neto de plantilla de 20 millones de euros. Asumiendo que el tipo marginal pasara del 45% al 47%, nos encontraríamos con un coste extra para el club de 1,4 millones de euros. Este incremento se produciría, además, en un ejercicio en el que muchos clubes han tenido que negociar rebajas salariales como consecuencia de la situación derivada de la Covid-19, por lo que puede tener un impacto muy negativo en sus cuentas.

¿Es la puntilla que le faltaba a los clubes?

La subida de impuestos puede venir a incidir aún más en la negativa situación que están pasando muchos de los clubes que integran tanto LaLiga como la ACB. Hay que tener en cuenta que muchos clubes han visto seriamente comprometidos sus ingresos, por un lado, porque se ha eliminado una importante fuente de ingresos que es la derivada de la explotación de sus estadios y pabellones y, por otro lado, porque se ha puesto en peligro, aunque sea en parte, la fuente de ingresos con mayor peso relativo en algunos clubes que es la derivada de la explotación de derechos audiovisuales.

La subida de impuestos puede venir a incidir aún más en la negativa situación que están pasando muchos de los clubes que integran tanto LaLiga como la ACB

¿Hoy son competiciones menos atractivas fiscalmente para los deportistas?

La fiscalidad puede ser desde luego determinante a la hora de que un jugador fiche por un equipo que participe en la competición de un país o por un equipo que participe en la de otro. Si tomamos en consideración, adicionalmente, que en determinados casos el jugador habrá pactado una remuneración neta con el club, la diferencia de tributación se trasladaría al club, que tendría un mayor o menor coste bruto por la contratación del jugador en función del régimen tributario aplicable en su país.

¿Los clubes tienen menos armas que las que tienen en otras ligas?

Hoy por hoy muchos de los países de nuestro entorno con ligas importantes tienen determinados regímenes especiales de tributación que los hace más atractivos que España desde un punto de vista fiscal. Ahora, con la anunciada subida de impuestos, estas diferencias se incrementan. Por ello, en los últimos años, se está produciendo una progresiva pérdida de competitividad de LaLiga y de la ACB y de los clubes integrantes de la misma, en términos fiscales, en comparación con ligas como las del Reino Unido o las italianas.

¿Qué medidas que se han instaurado en otros países ayudarían a mejorar esa competitividad sin que se resienta la recaudación fiscal?

En el pasado, los clubes y, por tanto, las competiciones españolas, pudieron beneficiarse durante años de la existencia de un régimen fiscal especial que, no siendo específicamente pensado para el ámbito deportivo, se aplicaba en este ámbito. Este incentivo, la conocida Ley Beckham, se configuraba como un incentivo fiscal aplicable a las personas que, no habiendo sido residentes en España en los diez años anteriores, adquirían su residencia en territorio español como consecuencia de su desplazamiento a nuestro país con motivo de un contrato de trabajo. Esto situaba el tipo fijo de gravamen en el 25%, frente al 48%, por lo que los clubes podían ser más competitivos a la hora de atraer a los mejores jugadores extranjeros a sus equipos. Sin embargo, mientras otros países de nuestro entorno tales como Italia, Francia, Portugal o Reino Unido, optaron por instaurar o mantener este tipo de incentivos, en España se terminó excluyendo de la aplicación de este régimen especial (tras sus sucesivas modificaciones) a los deportistas profesionales de equipo.

¿Qué se podría hacer ahora?

Sin perjuicio de que técnicamente podrían señalarse muchas medidas, en relación con el IRPF me decantaría por apuntar a dos en particular. Uno es la restauración de la Ley Beckham, en términos similares a los que estaba cuando se introdujo o con unos límites de tributación reducida más elevados. Es más, la mera eliminación de la exclusión de los deportistas profesionales de equipo de la aplicación del régimen ya podría tener un impacto significativo. El otro es la modificación de la normativa de modo que los derechos de imagen se consideraran rendimientos del capital mobiliario de la base del ahorro y no de la base general, aun cuando también se aplicara a ello un límite.

El análisis en relación con el impacto de estas medidas en la recaudación fiscal habría que hacerlo desde una perspectiva macroeconómica, atendiendo a los beneficios económicos globales que directa o indirectamente estas medidas reportarían para la industria del fútbol y del baloncesto españoles y, en general, para toda nuestra economía. Por ello, sería preciso analizar los datos que objetivamente puedan justificar la aplicación de estas medidas por la mayor tributación que en términos globales se pueda derivar de ellas en España y por la mayor generación directa e indirecta de riqueza, en términos de ingresos y de empleo, tanto para los clubes como para las competiciones, por la explotación de sus activos (íntimamente ligada a las estrellas que juegan en nuestras competiciones), así como para toda la industria que indirectamente está vinculada al fútbol y al baloncesto.

Muchos de los países de nuestro entorno con ligas importantes tienen determinados regímenes especiales de tributación que los hace más atractivos que España

¿Pesa mucho en las decisiones políticas la forma en cómo se gestionaron los clubes en el pasado?

La decisión que en el pasado se adoptó de excluir de la aplicación de la Ley Beckham a los deportistas se basó más en que, en un momento de crisis severa como la que se estaba viviendo en ese momento, era muy difícil justificar socialmente una diferencia de trato fiscal en favor de deportistas con una elevada remuneración. El mensaje de “no es justo que un jugador de fútbol profesional tribute al 24% y un asalariado a un tipo marginal superior” es difícil de rebatir sin sólidos argumentos derivados de un análisis profundo de política fiscal y económica. No obstante, hoy es necesaria una aproximación a esta cuestión desde un punto de vista más objetivo, tratando de velar por el fortalecimiento de una industria que tiene un peso significativo en el PIB español y que pudiera verse seriamente comprometida si de una manera sostenida pierde competitividad como consecuencia que no se adopten medidas de carácter fiscal que nos equiparen a los países de nuestro entorno.

En cuanto a la gestión de los clubes en el pasado, esto fue motivo de gran preocupación no sólo para la Administración tributaria, sino para las altas instancias deportivas del país y por supuesto para las propias competiciones. El establecimiento por LaLiga del denominado control económico ha servido de una manera eficaz para dotar de seguridad al sistema, de modo, que hoy en día es difícil que se produzcan situaciones de concurso en los clubes como se produjeron generalizadamente en el pasado. Es por ello, que todas las medidas encaminadas a dotar de confianza a los inversores, operadores, financiadores y a la propia Administración redundan en el propio beneficio de las competiciones.

Se habla constantemente de la importancia del deporte en términos económicos y sociales, pero pocas de sus reivindicaciones se escuchan. Menos presión fiscal, IVA reducido a los gimnasios... ¿Por qué?

El problema es normalmente el mismo y es que las medidas de corte social tienen un impacto económico-fiscal en términos de pérdida de recaudación que normalmente los gobiernos no quieren o no pueden permitirse asumir.

España quiere posicionarse como destino de torneos internacionales. ¿Tenemos los incentivos que demandan los grandes organizadores?

Hay que poner en valor que en España nuestras autoridades han mostrado una gran capacidad de adaptación, dotando a nuestro sistema aun con carácter temporal y para eventos específicos de los mecanismos necesarios para atender las demandas de los organizadores. Ello responde con toda seguridad al hecho de que los beneficios directos e indirectos que se pueden derivar para España o para una ciudad específica derivados de la celebración de este tipo de eventos compensa el establecimiento de un régimen fiscal específico para los mismos.

Actualmente, la mayoría de los organizadores de las competiciones de mayor repercusión (Juegos Olímpicos, Ryder Cup, Copa del Mundo o de Europa de Fútbol, final de la Champions League, etc.) hacen una serie de demandas de corte jurídico y fiscal a la hora de decidir si conceden o no a un determinado país o ciudad la organización de un evento.

El debate en este campo va más allá de si se modifica o no la Ley de Mecenazgo, sino de si el deporte base debe o no ser financiado por el sector privado

Cada año hay una batería de exenciones para este tipo de competiciones. ¿Son suficientes?

Creo que aquí hay que distinguir entre las medidas que van específicamente encaminadas a cumplir con los requisitos necesarios para poder celebrar un evento, que obviamente hay que cumplir, ya que de otro modo no se puede acceder a la celebración del mismo, de aquellas medidas que tratan de favorecer determinado tipo de eventos que son calificados como de excepcional interés público, que pueden o no tener que ver con la adjudicación por un tercero (tenedor de los derechos) del derecho a albergar una competición o un evento determinado.

Si atendemos al régimen específico contenido en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo para los eventos calificados como de excepcional interés público, la realidad es que las sucesivas limitaciones que se han ido introduciendo en el régimen hacen que los incentivos existentes no están siendo suficientes como para que se produzca una financiación privada de la suficiente envergadura como para garantizar la viabilidad de muchos de los eventos que se pretenderían celebrar. Probablemente debería revisarse el régimen existente para dotarlo de mayor seguridad jurídica y para convertirlo en un verdadero incentivo para estas actividades y acontecimientos.

¿La crisis por la que atraviesa el deporte base obliga a acelerar ya la ley de mecenazgo?

Creo que el debate en este campo va más allá de si se modifica o no la Ley de Mecenazgo, sino de si el deporte base debe o no ser financiado por el sector privado. En todo caso, creo que es un buen momento para incidir en la importancia de que un adecuado sistema de incentivos puede hacer que las empresas vean en el deporte un campo en el que invertir por todos los efectos favorables que tiene para la sociedad en general, lo cual sin duda redunda muy positivamente en la RSC de las empresas, que tanta importancia de marca tiene y que tanto se protege y fomenta en estos momentos.

Pero este sistema de incentivos no se debe limitar a las empresas, sino que debe también mirar directamente al deportista y a sus familias. En este sentido, son muchas las medidas que podrían introducirse en materia de imposición directa para poner en valor el coste que supone para los deportistas (y en muchos casos para sus padres) la práctica deportiva, no sólo en términos económicos sino personales (maternidad, educación, etc.).

Publicidad

Publicidad