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El Gobierno propone un máximo de tres mandatos y un órgano de control económico en las federaciones

El nuevo anteproyecto de la Ley del Deporte contempla la creación, en todas las federaciones, de una comisión de control económico que fiscalice la gestión de las directivas, que podrán mantenerse al frente dos mandatos consecutivos o tres alternos.

Federación Balonmano Presidente Francisco Blázquez

“Hasta aquí hemos llegado”. Esto es lo que deberán decir algunos presidentes cuando cumplan ocho años consecutivos al frente de una federación deportiva en España. También si alcanzan los tres mandatos en periodos alternos, según el nuevo anteproyecto de Ley del Deporte propuesto por el Gobierno de España. En él, además, otra novedad: se instará a todas las federaciones a constituir una comisión de control económico. Por ahora, sólo algunas han dado ya el paso.

“En este sentido, las federaciones deportivas deben percibir que este control económico no pretende mermar su independencia ni su autonomía organizativa. Al contrario, el objetivo no es otro que servir de apoyo en el caso de que existan dificultades que impidan el correcto desempeño de sus funciones”, expone el Gobierno en el borrador.

El Ejecutivo, a través del Ministerio de Cultura y Deporte, apuesta por “un modelo de control económico de las federaciones orientado principalmente a que los fondos públicos que reciben sean utilizados única y exclusivamente para los fines estipulados en las convocatorias de subvenciones pertinentes, y a que el crecimiento de la modalidad deportiva y de sus deportistas no se vea amenazada; sin perjuicio de que también se persiga garantizar el equilibrio económico y financiero de las federaciones, siendo un mecanismo ideado a efectos de prevención de situaciones de insolvencia”.

¿Cómo se configurará esta comisión? Según se detalla en el anteproyecto, este órgano contará con un máximo de cinco miembros independientes, que serán designados por la asamblea general de la federación en cuestión, y a propuesta de su junta directiva. En ella sólo podrán formar parte “personas con acreditada formación de carácter económico, financiero y de auditoría”.

Asimismo, los miembros de esta comisión no pueden serlo al mismo tiempo de la asamblea general ni de la junta directiva, pero sí podrán ejercer las mismas funciones en más de una federación deportiva española. En la composición se tendrá en cuenta el equilibrio paritario entre hombres y mujeres, “salvo por razones fundadas y objetivas, debidamente motivadas”.

 

Una limitación de mandatos que ya existió entre 1984 y 1996

La limitación de mandatos en la presidencia y los órganos de gobierno federativos ya existió en España. En concreto, entre 1984 y 1996, el Gobierno de Felipe González promovió un decreto que impuso un límite de tres periodos.

En 1991, la medida fue ratificada, pero con la llegada al Gobierno de José María Aznar esta limitación se abolió y se inició una etapa en la varias de las federaciones más importantes del deporte español, como el fútbol o el atletismo, estuvieron presididas durante varias décadas por una misma persona.

Al respecto, otra de las novedades del anteproyecto es que se obligará a las ligas y federaciones a adoptar un código de buen gobierno para mejorar sus actuaciones y los criterios de sus órganos de gestión. Para el obligado cumplimiento de dicho código, las competiciones y organismos federativos deberán atribuir a terceros independientes la función de realizar un informe del mismo, que deberá ser publicado en la web institucional. Además, deberán elaborar anualmente un informe de buen gobierno que concretará el grado de cumplimiento de las recomendaciones asumidas.

Los directivos estarán obligados a aportar información relativa a la existencia de relaciones comerciales o familiares con proveedores de la federación

El Gobierno incluye en esta normativa de buen gobierno no hacer uso indebido del patrimonio de la federación deportiva o de la liga, ni valerse de su posición para obtener ventajas patrimoniales. También se establece no obtener ventaja respecto de las oportunidades de negocio que conozcan en su condición de miembros de la junta directiva o de la comisión delegada.

Para evitarlo, todos los directivos y altos cargos de las federaciones y ligas deportivas estarán obligadas a aportar información relativa a la existencia de relaciones contractuales, comerciales y familiares con proveedores que tengan vínculos comerciales o profesionales con la federación o la liga de la que forman parte. Por ese motivo, se requerirá información periódica sobre los cargos directivos que las personas responsables de federaciones y ligas desempeñan, en su actividad privada, en otras sociedades o empresas.

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