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Protección de datos personales en deporte: el nuevo reto legal para federaciones, clubes y empresas

La Agencia Española de Protección de Datos cada vez regula de manera más restrictiva, lo que dificulta el acceso a las tecnologías y la innovación en el tratamiento de los datos personales y abre el debate entre los límites de la protección y eficiencia.

Tecnología entrenamiento running

¿Quién es el dueño de los datos de los deportistas cuando utilizan dispositivos con inteligencia artificial en sus entrenamientos? ¿Qué usos se pueden hacer de esos datos y qué tipo de protección legal les ampara? ¿Y de los aficionados cuando ceden su huella digital para acceder a un recinto deportivo? Estas preguntas (y algunas más) son las primeras en ponerse sobre la mesa de las propiedades deportivas a la hora de incorporar soluciones tecnológicas. La falta de una regulación más flexible y adaptada a estos nuevos contextos paraliza, en muchos casos, la inversión y el desarrollo tecnológico en el deporte, según explican desde el despacho Andersen, que cuenta con un área especializada en el sector deporte.

“La Agencia Española de Protección de Datos parece estar vetando tecnologías que son legales y que toda empresa puede utilizar legítimamente. Las empresas y todas las entidades están legitimados para utilizar aquellas herramientas legales del mercado que consideren que son apropiadas para su negocio. Por ello es conveniente que se tenga el asesoramiento de expertos en protección de datos para estar seguros que estamos implantando un producto que cumple con los requerimientos legales en materia de protección de datos de carácter personal”, explica Iolanda Latorre, Counsel en el área de Derecho Deportivo de Andersen.

El equipo de Andersen especializado en deporte se centra en el asesoramiento a federaciones, asociaciones, clubes, empresas o entidades que organizan eventos deportivos, gimnasios y proveedores de servicios deportivos en general y cualquiera que tenga relación con la actividad deportiva. Entre los servicios ofrecidos, el equipo presta especial atención a la introducción de las áreas de gobierno corporativo, asesoramiento fiscal, laboral, patrocinios, protección de datos... Desde el despacho señalan que una de las preocupaciones recurrentes de la industria está en la protección de los datos, donde aún existe más desconocimiento e incertidumbre por la ausencia de una regulación más eficiente que avance en paralelo al desarrollo tecnológico.

 

 

Las herramientas tecnológicas más habituales en la actualidad son las que monitorizan el rendimiento deportivo, los softwares de gestión deportiva, el control de accesos para trabajadores o usuarios… Sin embargo, la introducción de la inteligencia artificial ha acelerado la necesidad de desarrollar nuevas estrategias legales que protejan a empresas, usuarios y deportistas. 

“Cada vez es más patente que es necesario ejercer un control humano sobre el uso que hacemos de las nuevas tecnologías, especialmente la IA. Su uso abre interrogantes sobre la propiedad intelectual, el plagio, los datos que volcamos cuando pedimos respuestas, etcétera. Las entidades que pretendan usar de manera segura desde el punto de vista jurídico estas tecnologías deben conocer el alcance legal y las implicaciones en cuanto a responsabilidad que su uso tiene”, afirma Latorre. 

Y apunta al papel que el sector público debe jugar como garante pero también como facilitador para la innovación, en lugar de ser un freno a la misma: “La Administración no puede protegernos del avance tecnológico, no debe ir más allá de lo razonable, y las prohibiciones de usar tecnología legal no son razonables. La Administración pública no puede tratar a los y las ciudadanos/as como a niños, aunque le parezca arriesgado que cedamos nuestros datos, somos libres de hacerlo. La protección que creen que deben ejercer está limitada por nuestra propia libertad, que es el bien más preciado del ser humano”. 

A continuación, se ejemplifican algunos casos prácticos de protección de datos en el deporte asociados a nuevas tecnologías y su implementación:

 

 

Tecnología vinculada a la salud en el teléfono móvil

Los deportistas de élite, y muchos amateur, utilizan diferentes dispositivos como relojes u otros aparatos de entrenamiento. La mayoría de estos dispositivos vuelcan la información en una app del móvil, que recoge todos los datos para conformar un perfil personal, un archivo histórico, analizar cargas de trabajo, proponer planes de entrenamiento… En las aplicaciones y dispositivos más avanzados se analiza una cantidad mucho mayor de datos. 

Por ejemplo, el que utiliza Carolina Marín, donde ella misma vuelca su información, es el que utiliza su servicio médico o sus fisios para trabajar con ella. Este tipo de datos y tecnologías que cada usuario puede recoger sobre sí mismo de forma personal está acotado únicamente al deporte en la actualidad. Latorre, sin embargo, defiende que sería de gran utilidad si toda esa información que almacenan los teléfonos móviles “puede ser utilizada también por los centros médicos o deportivos para mejorar la calidad de la atención, de los servicios y de sus investigaciones”. Es decir, buscar un uso mucho más extensivo de estas tecnologías que atraigan una mayor inversión y penetración de mercado para convertirse en herramientas multifunción.

 

Sistemas de huella digital y reconocimiento facial

El reconocimiento facial y los datos biométricos ha sido una de las tecnologías que más controversia ha generado en el acceso a los estadios. La Agencia Española de Protección de Datos impuso una multa de un millón de euros por recoger datos biométricos de los espectadores y prohibió su uso hasta que se garantizase el cumplimiento de la normativa al entender que su uso no estaba justificado y que suponía un riesgo procesar y almacenar datos sensibles e inmutables. Desde LaLiga, no obstante, defendieron que sólo se estaba utilizando en los accesos a las gradas de animación con el objetivo de detectar violentos que tuvieran prohibida la entrada, y no en todo el estadio. 

Otros sistemas biométricos, sin embargo, sí que se han estandarizado. El uso de la huella para el control de entradas y salidas de los empleados o incluso para usuarios de un gimnasio u otros centros es una de las herramientas más habituales. Latorre defiende que ambos sistemas “se pueden instalar, pero previamente hay que hacer una evaluación de impacto y seguir un proceso concreto”. De hecho, también el reconocimiento facial y por huella es ya el sistema más utilizado para desbloquear el teléfono móvil personal, o incluso para pagar con tarjeta, una muestra de cómo su uso se ha generalizado y aceptado masivamente por la sociedad. 

 

 

Cómo anonimizar datos de salud de los deportistas 

Los datos vinculados a la salud están especialmente protegidos, especialmente en la Unión Europea. Anonimizar los datos de los deportistas es imprescindible, más aún en un contexto en el que suele ser una tercera empresa y no el propio club quien tiene la gestión y explotación de los datos que extraen como proveedores de una solución tecnológica de entrenamiento. En primer lugar, se debe determinar de forma clara qué datos puede compartir con el club bajo el pretexto del análisis del rendimiento deportivo del atleta y cuáles debe proteger. 

Para anonimizar estos datos se utilizan técnicas como el enmascaramiento, perturbación, generalización, pseudonimización... Estas técnicas, deberán integrarse en los flujos de información, desde la captura de los datos, hasta su almacenamiento y análisis posterior. Latorre subraya que es fundamental “implantar procesos de análisis, seguimiento y control constante, una vez hemos optado por las técnicas adecuadas”. 

En segundo lugar, una vez garantizada la privacidad del atleta, habrá que determinar si la empresa puede utilizar los datos recabados para el desarrollo de su propia IA fuera de ese programa, o incluso si puede venderlos a otra empresa para la creación de perfiles e insights comerciales. Aquí, de nuevo, entra en juego la decisión de cada individuo a la hora de aceptar o rechazar estas cláusulas y un posible debate sobre la remuneración por este tipo de datos, considerados de alto valor y que contribuyen a alimentar el negocio de la empresa. 

 

Qué protección hay actualmente en los contratos de los deportistas

Todos estos frentes ya se están trasladando a los contratos de los deportistas, principalmente de los futbolistas, por su mayor exposición mediática. También por ser el deporte donde más se utilizan este tipo de tecnologías vinculadas al entrenamiento, aunque también están muy extendidas en otros como el ciclismo, cada vez más en atletismo o el tenis, entre otros. LaLiga, AFE y otras organizaciones, de hecho, realizan reuniones periódicas con futbolistas y clubes para abordar esta temática. El anterior convenio de fútbol femenino, de hecho, ya incluyó una cláusula sobre el tratamiento de datos para dar más seguridad a las jugadoras. 

Sin embargo, no todas las ligas o deportes tienen un convenio colectivo. Y, aun en ese supuesto, cada contrato con un deportista tiene sus propias cláusulas. “Todo contrato puede contener todo aquello que las partes pacten y sea legal, cada contrato tendrá sus garantías, no podemos asegurar qué protección tienen puesto que cada uno será diferente”, explica Latorre. 

Los aspectos que suelen estar blindados son los que determina la propia legislación, como su derecho a la imagen, a su voz y su intimidad. Tanto la imagen como la voz son aspectos clave, más aún en un contexto de desarrollo de inteligencias artificiales generativas que están experimentando con estos dos aspectos. Este entorno dinámico tan cambiante obliga a las propiedades deportivas a actualizarse de forma constante. “La mejor manera de mejorar es asesorarse por una persona profesional en cada caso. Hay que analizar los intereses de cada parte, lo que es básico y lo que es negociable, y alcanzar el mejor y más justo acuerdo para todos”, asegura la experta de Andersen. 

 

 

¿Puede negarse un deportista a se utilicen sus datos o prestar su imagen al club?

Monitorizar a los deportistas es ya una técnica común en muchas entidades deportivas para mejorar su rendimiento, e incluso su salud. Latorre es clara al respecto: “La entidad tiene derecho a aplicar las nuevas tecnologías y alejarse del control manual más costoso y menos fiable. El deportista puede negarse, pero entonces la entidad también puede negarse a contratarlo”. 

Cada atleta puede acotar qué usos se pueden hacer de sus datos dentro de esa libertad de decisión, como se ha explicado anteriormente. Y para ello existen esos mecanismos de anonimización, de protección de datos y las cláusulas que regulan el uso de los mismos. Sin embargo, no puede vetar que un club haga uso de nuevas tecnologías que mejoran su actividad. Es un proceso similar a la comercialización de los derechos de imagen. 

Cada jugador está obligado a cederlos al firmar por una organización deportiva, o al jugar con la Selección, pero también acota por contrato en qué acciones participar o la remuneración por los mismos. “Desde el punto de vista de la protección de datos, no hay ninguna diferencia entre un club, una federación u otra asociación. La empresa o entidad donde compita el deportista tiene derecho a promocionar los eventos que organiza con su imagen, porque su presencia es la mejor promoción”, indica la abogada. 

 

Nuevos retos y necesidades

Entender la legislación siempre es una tarea de alta complejidad para cualquier persona que no tenga formación en la materia. A ello se añade el aún más complicado mundo tecnológico, cuyo avance e innovación avanza a un ritmo mucho más elevado que cualquier regulación. Navegar entre estas aguas sin naufragar requiere de asesoramiento legal específico. “La idea general que la sociedad tiene es que, con la aplicación de la legislación de protección de datos, no podemos hacer nada. Sin embargo, lo podemos hacer todo, dentro del marco legal, pero para ello, para no salir del marco legal, para protegernos, para llegar al mejor acuerdo para todas las partes, es imprescindible contar con un buen asesoramiento”, enfatiza Latorre. 

Y, aún más importante, esa protección no se dibuja únicamente para el presente, sino de cara al futuro. A la par que se integran las tecnologías vinculadas al rendimiento deportivo o los accesos a recintos deportivos ya se están implantando otras como la clonación de voz, la realidad virtual aumentada, el blockchain, las redes abiertas para mejorar la conectividad, la creación de una ID digital única común para todas las plataformas… Sólo un equipo experto y especializado podrá anticiparse a los cambios legales que supondrá su incorporación, lo que a la postre supondrá una ventaja competitiva para cualquier organización deportiva, que podrá acelerar la implantación de estas nuevas tecnologías con la tranquilidad de contar con respaldo y cobertura legal. 

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