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El Tribunal Supremo anula el nombramiento de Albert Soler como director general del CSD

El Consejo Superior de Deportes subsanará la situación tras el fallo, que apunta a que el Gobierno no ha justificado que pueda acogerse a la excepción de la regla general de que los directores generales sean funcionarios de carrera del subgrupo A-1.

Soler CSD

El Tribunal Supremo anula el nombramiento de Albert Soler como director general del CSD. El tribunal de la Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado el recurso que interpuso la Federación de Asociaciones de los Cuerpos Superiores de la Administración Civil del Estado (Fedeca) contra el real decreto en el que se nombra a Soler como director general del Consejo Superior de Deportes.

Fuentes del CSD explican a 2Playbook que la petición “se subsanará” próximamente con una “mejor justificación del nombramiento”. Y añaden que, en anteriores ocasiones, ya se sucedieron hechos similares sin mayor perjuicio.

Este fallo judicial también afecta a Jesús María Martín, director general de derechos de las personas con discapacidad, un cargo para el que fue nombrado en mayo de 2021, al igual que Albert Soler, según ha publicado Confilegal. El Supremo también ha anulado dos artículos del Real Decreto 311/2021, de 4 de mayo, donde se recogían las razones para excluir a esas dos direcciones generales de la regla general, que exige que estos cargos han de ser ocupados por funcionarios de carrera pertenecientes al Subgrupo A-1, tal y como establece el artículo 66.2 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.

Lo que dicta la sentencia es que el Gobierno no ha justificado suficientemente en ambos casos los motivos para acogerse a la excepción a la regla. Para serlo, se exige tener titulación universitaria (licenciatura, ingeniería, arquitectura o equivalente) y realizar funciones directivas de gestión, control, estudio y propuesta de carácter administrativo de nivel superior.

La Ley obliga a que los directores generales sean nombrados entre funcionarios de carrera del Subgrupo A-1, pero el Gobierno aprobó excepciones el año pasado

Albert Soler fue nombrado director general del CSD en mayo de 2021, momento en que tomó el testigo de Joaquín María de Arístegui, que había sido director general y número 2 del CSD durante la presidencia de Irene Lozano. Licenciado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte por la Universidad de Barcelona (UB), Soler lleva más de tres décadas vinculado al ámbito deportivo. Es uno de los directivos que llegó al Barça en 2014, de la mano de Josep Maria Bartomeu. El dirigente entró en los despachos del Camp Nou con la vitola de haber ocupado la dirección general del Consejo Superior de Deportes (CSD) entre abril de 2008 y 2011, cuando asumió la presidencia hasta finales de ese mismo año

Ahora que el Supremo ha anulado el real decreto que daba cobertura al nombramiento de Soler, su elección también ha sido anulada. En su fallo, el Tribunal Supremo apunta a que no percibe cuáles son las “especiales características” o la “circunstancia excepcional” de la Dirección General de Deportes y la Dirección General de Personas con Discapacidad, que es lo que exige la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público para justificar la excepción.

A ello añade que la parte recurrente ha mencionado cuerpos o escalas de funcionarios del Subgrupo A-1 que, por su preparación, podrían desempeñar esas direcciones generales, y que, frente a ello, el Abogado del Estado “se ha limitado a aducir que esos cuerpos o escalas no tienen la suficiente formación específica en las materias concernidas”.

“Pero esta objeción es, de nuevo, genérica: no explica con un mínimo detalle por qué los tipos de funcionarios mencionados por la recurrente no son adecuados para ocupar esas dos direcciones generales”, indican los magistrados.

El Supremo tampoco acepta el otro argumento del Abogado del Estado, que consistía en que el acusado carácter administrativo o burocrático de las funciones encomendadas a esas dos direcciones generales no era obstáculo para que pudiesen exceptuarse de la regla general, ya que el director general siempre tendría funcionarios de carrera especializados que le auxiliasen en ese aspecto.

El Alto Tribunal concluye que este razonamiento “no es convincente, fundamentalmente, porque valdría para cualquier dirección general”. Por todo ello, el Supremo ha anulado los apartados que servían de fundamento a la posibilidad de nombrar a personas que no fuesen funcionarios de carrera del subgrupo A-1, y en consecuencia los dos reales decretos de nombramiento de Soler y Martín Blanco. En resumen, aclara que “la razón de la anulación de estos actos no es la ausencia en los nombrados de los requisitos de idoneidad generales, sino la invalidez del fundamento reglamentario en que se apoyaron”.

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