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Liberalización deportiva: el CSD avalará que clubes y atletas promuevan competiciones profesionales

La Ley del Deporte amplía una idea pensada para poder acelerar el crecimiento de los torneos cediendo la gestión a empresas, con la tutela de las federaciones. Nueva vía para Asobal y Lnfs. LaLiga podría gestionar la Liga Ellas de acuerdo con la Rfef.

real madrid femenino 20 21

La liberalización de la organización de competiciones deportivas en España está un paso más cerca. El Gobierno ha aprovechado estos dos años de impasse para actualizar su propuesta de Ley del Deporte, en la que hay pocos cambios y novedades importantes, que apuntan hacia un mayor papel de clubes y atletas en la gestión de ligas profesionales. Hasta el punto de que LaLiga podría acceder a la explotación de la Liga Ellas, un fondo entrar en la gestión de la Asobal y los atletas promover un circuito profesional.

Sobre la opción de que el ente presidido por Javier Tebas asuma la gestión del fútbol femenino, hoy es una opción más plausible porque el nuevo borrador establece que, “por acuerdo con la federación deportiva española correspondiente, podrán ser organizadoras de competiciones oficiales de la misma modalidad o especialidad deportiva en la que la participación esté restringida a la totalidad o a una parte de los miembros de dicha liga”.

Si bien no se antoja sencilla la entente con la Real Federación Española de Fútbol (Rfef), lo cierto es que es una operación con mucha lógica desde el punto de vista de sinergias en la explotación y eficiencia en los costes, puesto que se evitaría duplicar estructuras en una competición que justo arranca y en la que 13 de sus 16 participantes son secciones femeninas de equipos de fútbol profesional, desde FC Barcelona al recién ascendido Deportivo Alavés. Es la misma lógica por la que ACB ya se encarga de la Copa del Rey y la Supercopa de España en coordinación con la Federación Española de Baloncesto (FEB).

El camino emprendido por la Liga Ellas también se ha aprovechado para que otras disciplinas sigan el mismo camino en el que la adquisición del rango de profesional se ha aprobado por decisión del Consejo Superior de Deportes (CSD) y no porque actualmente cumpliera los requisitos que reglamentariamente están establecidos para ello. La Ley de 1990 no establecía ningún proceso, más allá de dar esa condición a fútbol y baloncesto, y en el borrador de 2021 se han ampliado los supuestos contemplados en 2019.

Hace dos años se estableció que para adquirir la condición de competición profesional se evaluaría “su reconocimiento el volumen y la importancia económica de la competición, la capacidad de explotación comercial de la misma, la existencia de vínculos laborales generalizados, la celebración de convenios colectivos y la tradición e implantación de la correspondiente competición”.

Ahora, además de detallar con mucha más profundidad los requisitos de estos bloques, añade “la proyección a futuro de la competición”, un concepto mucho más ambiguo que cuestiones como la facturación de los clubes, la existencia de vínculos laborales, la asistencia media a los eventos y audiencias televisivas, o su capacidad comercial y sostenibilidad económica.

En lugar de mirar atrás, ahora serán entidades deportivas y atletas, en el caso de disciplinas individuales y potencialmente participantes en ese evento, quienes podrán presentar al CSD “un plan estratégico de desarrollo de la competición, no vinculante”. Este deberá tener en cuenta “las ventajas y, en su caso, desventajas de la calificación de la competición como profesional” de acuerdo con los otros cuatro bloques de condiciones antes mencionados. A partir de aquí, será el Ejecutivo el que dictamine, también dando voz a la Federación con su propio informe no vinculante.

“El progreso ha abierto nuevas vías en la organización de competiciones”, dice el Gobierno, que preservará también la filosofía de que no todo tiene que pasar por la profesionalización plena. De ahí que la Ley del Deporte que propone el Ejecutivo de Pedro Sánchez habrá la puerta a una categoría intermedia entre las ligas profesionales y el amateurismo: las competiciones profesionalizadas, que, además, podrán estar gestionadas por empresas privadas y dar entrada a fondos de inversión.

Con el nuevo articulado, el Consejo Superior de Deportes (CSD) “pretende incluir todas aquellas competiciones que tienen una organización propia y un volumen económico y de vinculación contractual de sus deportistas relevante pero insuficiente para su organización a través de una liga profesional”. Es una definición en la que perfectamente encajarían la Asobal, gestionada por sus clubes, o la Primera Rfef de fútbol sala, que pasó a manos de la Real Federación Española de Fútbol al no llegar a un acuerdo por el convenio con la Lnfs.

En esta nueva etapa, el Gobierno considera que es “más adecuado que la federación ostente la competencia para su organización, dotándola al mismo tiempo para su ejercicio de un amplio abanico de posibilidades”: gestión directa con una estructura propia dentro de la federación; encomendar la gestión a una asociación de clubes como pasa con LaLiga, ACB y la Liga Ellas, o encargársela a una compañía privada, como ya sucede internacionalmente con ATP, MotoGP o Fórmula 1.

En caso de optar por la tercera vía no podrá darse una adjudicación directa, sino que debería abrirse un concurso público en el que se dejará clara la duración del contrato y las contraprestaciones económicas. Además, la liga profesionalizada debería acreditar que tienen “una organización sólida, vínculos laborales de sus deportistas y/o entrenadores y son susceptibles de una explotación económica razonable que permita diferenciarlas, en su gestión, del resto de competiciones organizadas por una federación deportiva española”.

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